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ACYL Abogados en A Coruña. Asesoramiento jurídico en materia de urbanismo

El urbanismo es la disciplina que se ocupa del estudio de la planificación y ordenación de las ciudades y del territorio.

En el ámbito de nuestro Comunidad Autónoma las normativa fundamental en la materia la constituyen la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia y su Reglamento, Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.

Los planes generales de ordenación son formulados por los ayuntamientos y constituyen los instrumentos urbanísticos de ordenación integral que abarcan uno o varios términos municipales completos, clasifican el suelo para el establecimiento del régimen jurídico correspondiente, definen los elementos fundamentales de la estructura general adoptada para la ordenación urbanística del territorio y establecen las determinaciones orientadas a promover su desarrollo y ejecución.

Los propietarios de bienes inmuebles han de saber las obligaciones que las normas urbanísticas les imponen y que son muy diversas, fundamentalmente:

  1. Edificar o rehabilitar en los términos y plazos establecidos en la legislación vigente, incluido el deber de terminación de las edificaciones para cuya ejecución se obtuvo licencia.
  2. Destinarlos a los usos que sean compatibles con la ordenación territorial y urbanística.
  3. Conservarlos en las condiciones legales para servir de soporte a dichos usos y, en todo caso, en las de seguridad, salubridad, accesibilidad universal y ornato legalmente exigibles.
  4. Realizar los trabajos y las obras necesarias para satisfacer los requisitos básicos de la edificación establecidos en las normas legales que les sean exigibles en cada momento.
  5. Realizar obras adicionales por motivos turísticos o culturales o para la mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano.

A través de las Licencias Urbanísticas y de las comunicaciones previas, los Ayuntamientos controlan los actos de edificación y uso del suelo.

El incumplimiento de las obligaciones descritas da lugar a las órdenes de ejecución mediante las que los Ayuntamientos establecen las medidas oportunas para la reposición de la legalidad, así como a expedientes infractores en materia de patrimonio histórico-cultural y de medio ambiente. También pueden ser constitutivos de delitos urbanísticos

Por otra parte, los planes generales de ordenación municipal habrán de delimitar áreas de reparto de cargas y beneficios en el suelo urbano no consolidado, en el suelo urbanizable y en el suelo de núcleo rural cuando se contemplen áreas de actuación integral que requiera de las mismas. El desarrollo urbanístico derivado de la ejecución del planeamiento debe garantizar la distribución de los beneficios y cargas entre los afectados, así como el cumplimiento de los deberes de cesión y urbanización.

¿CÓMO PODEMOS AYUDARLE?

  • Las licencias urbanísticas y las comunicaciones previas constituyen una fuente de litigiosidad con los Ayuntamientos, materia en la que Acyl Abogados cuenta con una amplia experiencia en el asesoramiento previo y la llevanza de reclamaciones en vía administrativa y judicial.
  • Expedientes de reposición de la legalidad. Es frecuente la apertura de esta tipo de expedientes por los Ayuntamientos, bien como consecuencia de denuncia, bien a través de la propia actuación inspectora de la Administración. Es fundamental contar la asistencia y asesoramiento de profesionales, como Acyl Abogados, expertos en la materia y con una larga experiencia este ámbito.
  • Desarrollo urbanístico. Cualquier propietario se puede ver afectado por los instrumentos de desarrollo urbanístico, ya sea por la aprobación de figuras de planeamiento, en especial de Planes Generales de Ordenación Municipal, o de gestión, como son las Juntas de Compensación. Se trata de unas materias muy específicas, que requieren de la asistencia de profesionales con una alta especialización en la materia. En Acyl Abogados contamos con experiencia acreditable tanto en la redacción de instrumentos de planeamiento como en la gestión de Juntas de Compensación. Dada la trascendencia económica y patrimonial que este tipo de instrumentos representan para los propietarios afectados, ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en la materia.
  • Delitos urbanísticos: nuestro Código Penal regula los delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo, en los cuales habrá que tener muy en cuenta la abundante legislación administrativa, tanto municipal, como autonómica y estatal, dadas las remisiones que el Código Penal hace a las normas urbanísticas.
  • Expedientes infractores en materia de patrimonio histórico-cultural y de medio ambiente: la legislación autonómica prevé importantes sanciones en estas materias, donde conviene contar con asesoramiento jurídico tanto en el expediente administrativo sancionador como en el posterior procedimiento contencioso administrativo.

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Todas estas cuestiones determinan la necesidad de un asesoramiento jurídico adecuado, dada la trascendencia en el patrimonio de los ciudadanos que determina la aplicación de las normas urbanísticas. Solicite presupuesto sin compromiso a ACYL Abogados

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